Libre elección de notario en España: tu derecho y cómo ejercerlo

María López
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Libre elección de notario en España: tu derecho y cómo ejercerlo

¿Sabías que en España tienes pleno derecho a elegir el notario que quieras? No importa si tu banco te recomienda uno, si tu agencia inmobiliaria trabaja habitualmente con otro o si tu gestor tiene una notaría de confianza. La ley es clara: la elección del notario te corresponde a ti. Sin embargo, este derecho sigue siendo desconocido para una gran mayoría de ciudadanos, y eso tiene consecuencias: miles de personas firman ante notarios que no eligieron, a veces en condiciones de falta de información.

En este artículo te explicamos en detalle cuál es la base legal de este derecho, cómo reforzó la Ley 5/2019 la libre elección en hipotecas, qué puedes hacer si alguien intenta presionarte y cómo encontrar al notario más adecuado para tu situación.

La base legal: artículo 126 del Reglamento Notarial y Ley del Notariado

El derecho a la libre elección de notario no es una recomendación ni una cortesía: es un derecho reconocido expresamente por el ordenamiento jurídico español. Sus pilares son dos:

El Reglamento Notarial: artículo 3 y artículo 126

El artículo 3 del Reglamento Notarial recoge con carácter general el principio de libre elección, estableciendo que los ciudadanos pueden acudir al notario que estimen conveniente para la autorización de los documentos notariales. No existe limitación territorial en la mayoría de los actos: puedes otorgar una escritura en una notaría de Madrid aunque vivas en Sevilla o en Valencia.

El artículo 126 del Reglamento Notarial concreta esta regla general para los casos en que existe discrepancia entre las partes sobre qué notario debe intervenir. La regla es la siguiente: la elección corresponde a quien paga la mayor parte de los aranceles. Y aquí está la clave: en las operaciones de crédito hipotecario, desde la Ley 5/2019, el banco asume todos los gastos notariales de la hipoteca, pero no por ello gana el derecho a elegir notario. El legislador fue explícito: el derecho de elección recae sobre el prestatario (el cliente), no sobre el prestamista.

Adicionalmente, el artículo 126 del Reglamento Notarial establece una restricción razonable: el cliente no puede imponer un notario que carezca de conexión razonable con alguno de los elementos personales o reales del negocio. Esto significa, en la práctica, que no podrías exigir que un notario de Las Palmas autorice una hipoteca sobre una vivienda en Bilbao ante la que resides en Barcelona sin ningún vínculo con Gran Canaria. Se trata de una limitación de sentido común destinada a evitar fraudes de ley, no de una restricción real para el ciudadano medio.

La Ley del Notariado

La Ley del Notariado de 1862 y sus sucesivas reformas sustentan el sistema notarial español. Esta norma, actualizada en múltiples ocasiones, establece la función del notario como profesional del derecho que ejerce una función pública. La imparcialidad del notario es consustancial a su función: el notario no trabaja para el banco, ni para la inmobiliaria, ni para ninguna de las partes en particular. Su deber es garantizar la legalidad del acto y proteger a todas las partes, especialmente a la más vulnerable.

La Ley 5/2019: el gran refuerzo en las hipotecas

Si hay una norma que ha supuesto un antes y un después en materia de libre elección de notario, esa es la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario (también conocida como Ley de Crédito Inmobiliario o Ley Hipotecaria). Esta ley, que transpone la Directiva europea 2014/17/UE sobre contratos de crédito celebrados con consumidores para bienes inmuebles, introdujo cambios profundos en la protección de los prestatarios hipotecarios.

El artículo 14.1.e): el banco tiene que informarte de tu derecho

El artículo 14.1.e) de la Ley 5/2019 establece que, como parte de la documentación precontractual que el banco debe entregar al cliente antes de la firma, debe incluir un documento específico en el que se le advierte de su derecho a elegir libremente notario. Es decir, el banco no solo no puede imponerte un notario: está legalmente obligado a informarte de que la elección es tuya.

Este documento debe entregarse al menos diez días naturales antes de la firma de la escritura, junto con la Ficha Europea de Información Normalizada (FEIN), la Ficha de Advertencias Estandarizadas (FiAE) y el resto de la documentación precontractual.

El acta previa de transparencia: el notario, de tu lado

La Ley 5/2019 creó también el acta notarial previa de transparencia material, una figura sin precedentes en el derecho español. Al menos un día hábil antes de la firma de la hipoteca, el futuro prestatario (y, si las hay, las personas que constituyan garantía personal) debe comparecer ante el notario elegido por él mismo, sin presencia del banco, para recibir asesoramiento personalizado sobre las condiciones del préstamo.

En esta comparecencia, el notario:

  • Verifica que has recibido toda la documentación con la antelación legal
  • Te explica, en lenguaje comprensible, el contenido del préstamo: tipo de interés, TAE, cuota mensual, posibles variaciones, cláusulas de vencimiento anticipado, etc.
  • Responde a todas tus dudas sin presión de ninguna entidad
  • Redacta un acta en la que consta que has comprendido las condiciones
  • No cobra nada por ello al prestatario: el coste del acta lo asume íntegramente el banco

Esta figura garantiza que el notario que te asesora en el acta previa sea el que tú has elegido, no el que el banco utiliza habitualmente. Es un mecanismo de protección real y efectiva.

Los gastos hipotecarios los paga el banco, pero tú eliges el notario

Uno de los cambios más llamativos de la Ley 5/2019 es la redistribución de los gastos hipotecarios. Desde su entrada en vigor, el banco asume: los gastos de notaría de la escritura de hipoteca, los gastos del Registro de la Propiedad, los gastos de gestoría y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD). El cliente solo paga la tasación.

Que el banco pague no significa que el banco elija. La ley es taxativa: la elección del notario corresponde al prestatario. Consulta nuestro artículo sobre documentos necesarios para firmar la hipoteca en notaría para saber cómo prepararte.

¿Puede el banco imponerte un notario? La respuesta es no

Esta es la pregunta que más se repite, y la respuesta es contundente: no, el banco no puede imponerte un notario. Hacerlo sería ilegal y constituiría una práctica abusiva.

Sin embargo, la presión existe y es frecuente. Algunas formas en las que los bancos intentan condicionar la elección del notario —a veces sin ser plenamente conscientes de estar infringiendo la ley— son:

  • Indicar directamente "el notario es el de la calle X" sin dar más explicaciones
  • Enviar la documentación preparada con los datos de un notario concreto, presentándolo como un hecho consumado
  • Afirmar que "solo trabajan con determinadas notarías" o que "el proceso es más ágil" con su notario habitual
  • Aducir que cambiar de notario retrasará el proceso o generará complicaciones
  • En casos extremos, sugerir que la aprobación del préstamo está condicionada a la elección del notario

Ninguna de estas presiones tiene base legal. Si el banco te indica un notario, puedes agradecerlo y comunicarle que prefieres acudir al notario de tu elección. El banco tiene obligación de proporcionar toda la documentación necesaria al notario que tú designes.

¿Puedes cambiar de notario a mitad del proceso?

Sí, puedes cambiar de notario mientras el documento no haya sido autorizado (firmado y protocolarizado). Si has iniciado gestiones con un notario y decides cambiar, tienes derecho a hacerlo. En la práctica, las situaciones más frecuentes son:

Antes de la firma de la escritura

Si aún no se ha firmado nada definitivo, el cambio es completamente libre. Basta con comunicarlo al banco (en el caso de hipotecas) y al nuevo notario, que solicitará la documentación necesaria. Es posible que el notario anterior cobre honorarios por las gestiones preparatorias ya realizadas (borradores, verificaciones registrales, comunicaciones con el banco), aunque este coste suele ser menor.

Cambio tras el acta previa en hipotecas

Si ya has comparecido ante un notario para el acta previa de transparencia, pero decides cambiar de notario para la firma definitiva, técnicamente es posible, aunque en la práctica implica repetir el proceso del acta ante el nuevo notario. El plazo de diez días naturales empezaría a contar de nuevo desde que el nuevo notario recibe toda la documentación.

Cambio por causa justificada

Si el notario inicialmente elegido tiene algún tipo de conflicto de intereses (por ejemplo, tiene relación personal o profesional con una de las partes), tienes toda la razón para solicitar el cambio. Los notarios tienen deber de abstención en estos casos.

Cómo elegir al notario adecuado para ti

Dado que tienes el derecho y la libertad de elegir, ¿cómo aprovecharlo de la mejor manera posible? Estos son los criterios más relevantes:

1. Proximidad geográfica

Aunque puedes acudir a cualquier notario del territorio nacional, la proximidad facilita las gestiones. En trámites que requieren múltiples visitas (como una hipoteca con el acta previa), un notario cercano a tu domicilio o lugar de trabajo reduce desplazamientos y tiempo. Usa nuestro directorio de notarios por ubicación para encontrar opciones cerca de ti.

2. Especialización

Aunque todos los notarios están habilitados para autorizar cualquier documento, algunos han desarrollado mayor experiencia en determinadas áreas. Para operaciones inmobiliarias complejas, herencias con elementos internacionales, capitulaciones matrimoniales o constitución de sociedades mercantiles, puede valer la pena buscar un notario con trayectoria específica en ese ámbito.

3. Valoraciones y referencias

Las valoraciones de otros usuarios son una fuente de información valiosa. Un notario con muchas reseñas positivas que mencionan la claridad en las explicaciones, la atención al cliente o la disponibilidad para resolver dudas es generalmente una buena señal. Desconfía, sin embargo, de perfiles con pocas reseñas o con valoraciones que parecen poco auténticas.

4. Atención previa al trámite

Antes de elegir, puedes llamar a la notaría y hacer una consulta previa. La forma en que te atienden por teléfono —si responden a tus preguntas con paciencia, si te explican el proceso, si te dan un presupuesto estimado— es un buen indicador de cómo será la experiencia en persona.

5. Disponibilidad de cita

En zonas de alta demanda o en épocas de mucha actividad inmobiliaria, algunas notarías pueden tener agendas muy ocupadas. Si tienes plazos ajustados (por ejemplo, en una compraventa con fecha fijada), asegúrate de que la notaría puede atenderte a tiempo.

Mitos sobre la elección del notario que debes conocer

Mito 1: "Todos los notarios son iguales, da igual cuál elijas"

Falso en parte. Los aranceles son los mismos en toda España (fijados por el Real Decreto 1426/1989), por lo que el precio no variará significativamente. Pero la calidad del asesoramiento, la claridad en las explicaciones, la disponibilidad para resolver dudas y la experiencia en áreas específicas sí pueden variar. Elegir un buen notario puede marcar la diferencia en operaciones complejas.

Mito 2: "El notario que usa el banco es más cómodo porque ya tiene toda la documentación"

Falso. El banco tiene obligación legal de enviar toda la documentación necesaria al notario que tú designes. No existe ninguna ventaja operativa real en usar el notario habitual del banco; la documentación viaja igualmente entre entidades.

Mito 3: "Si cambio de notario, el proceso se retrasará semanas"

Generalmente falso. Un cambio de notario puede implicar unos días de coordinación, pero no retrasos de semanas. Si el proceso se retrasa significativamente al cambiar de notario, puede ser señal de que el banco no está facilitando el trámite como debería, lo que sería una conducta reprobable.

Mito 4: "Solo puedo usar el notario de mi ciudad o municipio"

Falso. La competencia territorial de los notarios cubre todo el territorio nacional para la mayoría de los actos. Puedes elegir un notario de cualquier ciudad de España, aunque en la práctica la proximidad es un criterio de sentido común.

Mito 5: "El notario trabaja para el banco, así que da igual"

Absolutamente falso. El notario es un profesional del derecho que ejerce una función pública con plena imparcialidad. Su deber de asesoramiento y protección se extiende a todas las partes, especialmente a los consumidores. Un notario que trabajase a favor de los intereses del banco incumpliría sus obligaciones deontológicas y legales.

Situaciones prácticas: cómo ejercer tu derecho según el trámite

Compraventa de vivienda

En una compraventa, la costumbre en España es que el comprador elige notario, ya que es quien paga la mayor parte de los gastos (incluida la escritura de compraventa). Si tu agente inmobiliario te sugiere un notario concreto, puedes considerar esa sugerencia o ignorarla libremente.

Eso sí, es habitual que vendedor y comprador acuerden la elección del notario, especialmente en operaciones entre particulares. Lo importante es que la decisión sea consensuada y libre, no impuesta.

Si también vas a firmar una hipoteca junto con la compraventa, puedes elegir que ambas escrituras se firmen ante el mismo notario el mismo día, lo que simplifica mucho la logística. Para saber más sobre los trámites de hipoteca, visita nuestra sección específica.

Herencia

En una herencia, los herederos eligen conjuntamente el notario. Si hay desacuerdo entre ellos, el artículo 126 del Reglamento Notarial establece que la elección corresponde al que paga la mayor parte. En la práctica, en herencias en que todos los herederos actúan de mutuo acuerdo, suele elegirse el notario por consenso o se acude al que ya tenía relación con el causante (si hizo testamento ante él).

Si hay conflicto entre herederos y no pueden ponerse de acuerdo, cada parte puede solicitar la intervención del Colegio Notarial para la designación de notario.

Divorcio ante notario

El divorcio de mutuo acuerdo sin hijos menores puede tramitarse ante notario desde la reforma de 2015. En este caso, ambos cónyuges deben estar de acuerdo no solo en divorciarse sino en el notario elegido, ya que se trata de un acto que requiere la voluntad común de ambas partes. Cada cónyuge debe contar con su propio abogado.

Poderes notariales y otros trámites unilaterales

En los actos unilaterales (testamentos, poderes, actas notariales), la elección del notario corresponde en exclusiva al otorgante. No hay ninguna otra parte que pueda interferir. Tienes total libertad.

Qué hacer si alguien te presiona para usar un notario concreto

Si durante un proceso de compraventa o hipoteca alguien (banco, inmobiliaria, promotor) intenta imponerte o presionarte para que uses un notario específico, estos son los pasos que puedes seguir:

  1. Infórmate y mantén la calma: recuerda que la ley está de tu lado. El artículo 126 del Reglamento Notarial y la Ley 5/2019 te protegen.
  2. Comunica tu elección por escrito: envía un correo electrónico o un escrito al banco o a la inmobiliaria indicando el nombre y datos del notario que has elegido. Conserva copia.
  3. Solicita la documentación para tu notario: el banco tiene obligación de enviar toda la documentación necesaria al notario que designes.
  4. Consulta al notario de tu elección: explícale la situación. El notario puede asesorarte sobre tus derechos y, si es necesario, contactar directamente con el banco.
  5. Presenta una reclamación: si el banco persiste en la presión, puedes presentar una reclamación ante el Banco de España (a través del Portal del Cliente Bancario) o ante el Colegio Notarial de tu comunidad autónoma.
  6. Denuncia ante el Banco de España: el Portal del Cliente Bancario del Banco de España (clientebancario.bde.es) recibe reclamaciones sobre conductas abusivas de entidades financieras, incluyendo la vulneración del derecho de libre elección de notario.

Es importante saber que en la práctica, la gran mayoría de los bancos respetan hoy el derecho de libre elección, especialmente desde que la Ley 5/2019 lo reforzó y la conciencia ciudadana ha aumentado. Los conflictos reales suelen resolverse con una comunicación clara y firme.

Libre elección también en la cancelación de la hipoteca

Un aspecto que muchos desconocen: el derecho de libre elección de notario no se aplica solo en la firma de la hipoteca, sino también en su cancelación registral. Cuando terminas de pagar tu hipoteca, necesitas otorgar una escritura de cancelación ante notario para que se levante la carga del Registro de la Propiedad.

En este trámite, el banco también tiene obligación de asumir los gastos notariales, y tú tienes derecho a elegir el notario. El Banco de España ha recordado expresamente esta cuestión en su Portal del Cliente Bancario: la libre elección rige tanto al principio como al final del préstamo hipotecario.

Cómo encontrar el mejor notario para tu trámite

Ahora que sabes que tienes derecho a elegir, ¿por dónde empezar? Nuestro directorio de notarios te permite encontrar notarías por ubicación, consultar valoraciones de otros usuarios, ver horarios y datos de contacto actualizados.

Algunos consejos prácticos para el proceso de búsqueda:

  • Empieza con tiempo: no busques notario el día anterior a la firma. En operaciones importantes, con una o dos semanas de margen tienes tiempo suficiente para comparar y elegir con calma.
  • Lee las valoraciones: fíjate especialmente en los comentarios que mencionan la claridad de explicaciones y el trato al cliente.
  • Llama antes de decidir: una breve llamada te dará una impresión de cómo trabaja la notaría.
  • Pide presupuesto estimado: aunque los aranceles son fijos, puedes pedir una estimación orientativa. Consulta nuestro artículo sobre cuánto cuesta un notario en España para saber qué esperar.
  • Confirma la disponibilidad: asegúrate de que la notaría puede atenderte en las fechas que necesitas, especialmente si hay plazos comprometidos.

Conclusión: un derecho tuyo que debes ejercer

La libre elección de notario en España es un derecho sólido, respaldado por el artículo 126 del Reglamento Notarial, la Ley del Notariado y reforzado de manera contundente por la Ley 5/2019 en el ámbito hipotecario. Nadie —ni el banco, ni la inmobiliaria, ni el promotor— puede imponerte un notario.

Ejercer este derecho tiene beneficios concretos: puedes elegir un profesional de confianza, cercano a ti, con experiencia en el tipo de trámite que necesitas y con buenas valoraciones de otros clientes. En un proceso tan importante como firmar una hipoteca, comprar una vivienda o aceptar una herencia, contar con el notario adecuado marca la diferencia.

Infórmate, elige con criterio y no dejes que nadie tome esa decisión por ti. Es tu derecho.

Encuentra el notario ideal para tu trámite en nuestro directorio de notarios en Madrid y en el resto de España.

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